miércoles, 13 de abril de 2011

El derecho a la sindicación, la función de los sindicatos y la fuerza de la negociación colectiva.


Resulta cuanto menos paradójico, en la época en la que nos vemos inmersos los españoles, de hablar de los derechos del ámbito laboral.
Pero es precisamente en estos momentos, cuando la cifra de paro se alarga peligrosamente a los 5 millones y el trabajo o la falta de él, es el primer tema de preocupación, cuando los derechos se tienen que hacer valer. La pregunta es ¿Lo hacemos?

¿Qué son los derechos del ámbito laboral? Son aquellos derechos reconocidos en la Constitución Española (en adelante CE) que regula la libertad sindical, la negociación colectiva, la huelga, la fuerza vinculante de los convenios, la medidas de conflicto y el derecho/deber de trabajar.
Es obvio que en nuestro estado de derecho, social y democrático, hemos de aceptar estos derechos como una función básica de defensa y promoción de los intereses económicos y sociales. Además, es la propia CE ha incluido algunos en la parte más protegida, la parte fundamental de los derechos.

La libertad sindical en primer lugar quiere decir que todos tienen el derecho a sindicarse libremente, nadie puede ser obligado a sindicarse. Este derecho corresponde a todos los trabajadores, tanto nacionales como extranjeros. Incluso los trabajadores ilegales tienen derecho a sindicarse, e ir a la huelga.

¿Qué es un sindicato?*1 Es una asociación de trabajadores constituida para la defensa y promoción de intereses profesionales, económicos o sociales de sus miembros.
En España tenemos un sinfín de sindicatos, entre ellos no se hablan en la práctica, pero sí suelen posar en la foto con leve sonrisa. Ello ya denota una oscura práctica, que se refrenda con el bolo alimenticio que reciben del Estado, pues están financiados con dinero público. Además, si estás afiliado debes pagar unas cuotas, que se diluyen en cursos, viajes y otras prebendas. Por lo que a nivel funcional, parece más un sindicato vertical franquista que una organización en pro de los derechos de los trabajadores. ¿Cambiará la Ley para que los sindicatos se autofinancien con dinero de sus afiliados? Sin duda, eso sería lo ideal, pero como hemos apuntado, el propio TC*2 está prohibida la obligación de sindicarse y las presiones para hacerlo.
No obstante, la representación sindical es sobre todos los trabajadores y no sólo de los afiliados.

Tampoco, como es lógico, se puede despedir a un trabajador por pertenecer a un sindicato, el propio TC lo reconoce como despido nulo. Aunque, en la realidad, te asegura más pertenecer a un sindicato, que no pertenecer, para asegurar tu puesto de trabajo; ya que así entras en la corruptela que supone algún que otro sindicato que calla y otorga con sepulcral silencio. Véase algunas empresas con ERES fraudulentos en conveniencia con los delegados sindicales.
Todo ello viene, a buen seguro, por el Estatuto de los trabajadores, que propone la representación colectiva de los trabajadores en clave de colaboración con el empresario, colaboración a todo trance parece ser.

¿Para qué sirve un sindicato?
Últimamente para bien poco; para convocar alguna que otra huelga de paupérrimo seguimiento y poco más. Sirve más para defraudar que otra cosa.
La huelga, que es otro derecho fundamental en defensa de los intereses, fue en palabras de la Doctora en Economía María Blanco González “La HG29S*3 es un lujo que no nos podemos permitir" en el estado en el que está nuestra economía. El seguimiento de este paro se debió más a los actos de vandalismo que se registraron durante la jornada que a la adhesión de los trabajadores porque, a mi juicio, la gente es consciente de que no nos podemos permitir ese lujo".

Tampoco parece que los sindicatos luchen mucho por los intereses nacionales. Están más por hacer crecer las subvenciones que reciben del Estado y hacerse fotos. En ocasiones también dicen que están enfadados y representan histriónicos mítines que causan estupor.
Últimamente además, ni siquiera censuran huelgas salvajes como las del metro de Madrid o la de los controladores aéreos. Por cierto, esta última resuelta por un mediador, entre otras cosas, para limar la obstinada posición del propio sindicato de los controladores, enrocado en posiciones extremas. Es curioso que la huelga que verdaderamente paralizó a España y que mereció la declaración de Estado de Alarma por primera vez en nuestra historia democrática, sea resuelta por un mediador.

En el ámbito local, en las delegaciones sindicales de empresas medianas, los sindicatos, al menos los que yo personalmente conozco, han hecho el más enorme y vergonzoso ridículo; a saber, han callado ante despidos en masa viendo como la gente que se quedaba en la empresa estaba obligada a hacer horas extras (está prohibido por ley); aceptan que las empresas agoten el tiempo máximo en pagar a los trabajadores antes de ponerlo en conocimiento de inspecciones laborales; miran para otro lado cuando se tiene a trabajadores sin contrato (lo cual revienta la lista de parados); por no mencionar aquellas empresas donde todo el mundo sabe que los sindicalistas cobran un poco más por directamente callar.

Lo único positivo que cabe decir, es en alusión a otro derecho fundamental, es la fuerza vinculante de los convenios, que recoge la CE. Los titulares de este extraordinario derecho son las partes sociales, los representantes en las empresas de los trabajadores.
Por la falta de acuerdo en la redacción, la CE es otra vez ambigua y posee una estructura abierta que da pie a una suerte de soluciones en cuanto a la negociación. Es donde he visto resultados más positivos, en los convenios de empresa, o de departamentos dentro de una administración pública. El ámbito de este convenio es libre y además es fuente de derecho objetivo dentro del ámbito laboral.

En vista de lo narrado, con esta ultima salvedad, cabe hacerse algunas preguntas:
¿Merece la pena estar afiliado a un sindicato?
¿Debería el poder legislativo modificar las condiciones orgánicas de los sindicatos?
¿Debería el Gobierno controlar la callada por respuesta de las organizaciones sindicales en las empresas?
Incluso me atrevo a decir: ¿Se ha agotado en ámbito de acción de los sindicatos y ya no sirven para nada?

Por último y a modo de conclusión citar aquí un fragmento de un artículo recogido de la iniciativa de “voto en blanco” .
Décadas de dinero fácil y de sometimiento al poder dejan huella y han convertido a los sindicatos españoles mayoritarios en organizaciones podridas y alejadas de los verdaderos intereses de los trabajadores. La degradación del sindicalismo español quedó en evidencia cuando los sindicalistas alemanes, presentes en España con motivo de la visita de Ángela Merkel, declararon sentirse orgullosos de su financiación, limpia y democrática, a cargo únicamente de las cuotas de sus afiliados, una afirmación que sacó los colores a los subvencionados Cándido Méndez e Ignacio Fernández Toxo. *4

*1 Definición RAE
*2 Tribunal Constitucional
*3 Huelga General del 29 de septiembre 2010
*4 Autor Eugenio Este